INICIATIVA. La propuesta que será debatida en el recinto lleva las firmas de Jaldo y Abad.
La Comisión de Economía y Producción de la Legislatura emitió dictamen, aconsejando sancionar el proyecto de ley del Poder Ejecutivo para la creación de un Régimen de Promoción a la Inversión. Esta decisión se tomó en detrimento de una iniciativa similar presentada por los legisladores opositores Manuel Courel (Cambia Tucumán), José Macome (Compromiso con la Lealtad) y José Seleme (Avanza Tucumán) y Agustín Romano Norri (Movimiento Radical), a pesar de que esta última ofrecía una mayor inclusión para Pequeñas y Medianas Empresas (PYME's) y beneficios adicionales no contemplados en la propuesta oficialista.
La iniciativa del Ejecutivo, impulsada por el gobernador Osvaldo Jaldo y el Ministro de Economía y Producción, Daniel Abad, busca establecer un "Régimen de incentivos para inversiones y creación de empleo en la provincia de Tucumán". Su objetivo es "incentivar el desarrollo económico y la generación de empleo, mediante el otorgamiento de beneficios fiscales a las empresas nuevas y/o a las que efectúen ampliaciones, que realicen inversiones productivas y turísticas en el territorio" provincial.
Uno de los puntos que marca una diferencia sustancial con la propuesta opositora, es el elevado piso de inversión mínimo requerido para acceder a los beneficios fiscales bajo el proyecto del Poder Ejecutivo. Las empresas deben "realizar inversiones productivas y turísticas por un monto mínimo de U$S 5.000.000". A partir de este umbral, se otorgan exenciones en el pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, que van desde un 25% para inversiones sobre este total y menos de U$S 10.000.000, hasta un 100% para aquellas que superen los U$S 30.000.000. Además, se contempla una deducción para el Impuesto para la Salud Pública por las remuneraciones de los nuevos puestos de trabajo directos generados.
Espectro amplio
En contraste, el proyecto de los parlamentarios opositores, si bien comparte el mismo objetivo de incentivar el desarrollo y la generación de empleo, adopta una perspectiva más inclusiva para las pequeñas y medianas empresas. Esta iniciativa establece categorías de "MiPyMEs" según la Ley Nacional N° 25.300 y sus normas complementarias. Para estas empresas, se prevé una exención escalonada del Impuesto sobre los Ingresos Brutos que comienza con montos significativamente inferiores: "50% para inversiones menores a U$S 1.500.000", ascendiendo a 100% para inversiones iguales o superiores a U$S 3.000.000. Esto significa que el proyecto opositor abre la puerta a beneficios fiscales para un espectro mucho más amplio de inversores, incluyendo a las Pymes, que podrían quedar excluidas por el alto piso de inversión del proyecto oficialista.
Otra diferencia radica en los beneficios adicionales que el proyecto opositor sí incluye y la propuesta del Ejecutivo omite. El proyecto de los legisladores refractarios al justicialismo establece una "exención total del Impuesto de Sellos respecto de todos los actos, contratos, escrituras públicas o instrumentos que formalicen o se relacionen con la inversión efectuada, incluyendo créditos, garantías o contratos de leasing". Esta exención no figura explícitamente entre los beneficios detallados en el proyecto del jaldismo, lo que podría representar un costo adicional para los inversores que se acojan a la ley que será puesta a consideración de la Cámara. Ambos proyectos, sin embargo, coinciden en la deducción del Impuesto para la Salud Pública para los nuevos puestos de trabajo directos y una vigencia de los beneficios de 10 años desde su otorgamiento.
Llama la atención que el dictamen definitivo lleva las rúbricas de los integrantes de la Comisión, Leopoldo Rodríguez (presidente), Rolando Alfaro, Nancy Bulacio, Luis Olea y el propio Romano Norri, uno de los co-firmantes del proyecto opositor, quien prefirió no emitir, en este caso, un dictamen en minoría para defender dicha iniciativa.
La Autoridad de Aplicación en ambos casos sería el Ministerio de Economía y Producción de la Provincia, o el organismo que lo reemplace en el futuro, con facultades de control, fiscalización y reglamentación. Ambos proyectos también establecen un plazo de 90 días para su reglamentación por parte del Poder Ejecutivo una vez promulgados. El proyecto opositor, además, invita a los Municipios de la Provincia a adherirse al régimen mediante la sanción de las ordenanzas correspondientes.
Vale resaltar que este tipo de iniciativas era solicitada con mayor frecuencia puesto que se objetaban, especialmente desde el sector opositor tucumano, varias leyes que fueron aprobadas, las que establecían créditos fiscales a determinadas empresas y no de manera general, lo que se conoce popularmente con la designación de "leyes con nombre y apellido".